viernes, 7 de noviembre de 2014

La hermana del Rey podría enfrentarse a una petición de hasta 6 años de cárcel por dos delitos fiscales

PALMA DE MALLORCA.- La decisión de la Audiencia de Palma de ratificar la imputación de la Infanta Cristina por dos delitos fiscales deja la decisión final de llevar a juicio a la hermana del Rey en manos del juez instructor del caso Nóos, José Castro.

Una vez el tribunal provincial ha resuelto los catorce recursos contra el auto en el que Castro señalaba a qué encausados proponía sentar en el banquillo, se abre un plazo de diez días para que presenten sus listas de acusados y peticiones de penas las acusaciones personadas en la causa, entre ellas el sindicato Manos Limpias, que pedirá el enjuiciamiento de la Infanta.

Este viernes, la Audiencia Provincial de Palma ha comunicado que anula la imputación por blanqueo de capitales, pero mantiene el delito por fraude fiscal. Si la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado mantienen su postura respecto a la falta de indicios contra doña Cristina, el juez instructor tendrá que decidir si aplica la llamada doctrina Botín, que impide abrir juicio por delito fiscal con el único respaldo de una acusación popular, u opta por incluir a la duquesa de Palma entre los acusados, decisión contra la que no cabe recurso.

Tras conocer la resolución firme de la Audiencia, los abogados de la Infanta han expresado su "sorpresa", se han congratulado de que se archive la imputación por blanqueo de capitales y han subrayado que la doctrina del Tribunal Supremo "parecería amparar" su posición de que Manos Limpias no puede sostener la acusación en solitario.

Pero los magistrados que han mantenido la imputación, Juan Jiménez, Diego Gómez-Reino y Mónica de la Serna, señalan para concluir su auto que la decisión de interpretar en qué medida le condiciona la doctrina Botín corresponde al propio instructor y han matizado que los presuntos delitos fiscales de la Infanta difieren de los que se imputaron al banquero Emilio Botín.

Los jueces señalan que "existe un matiz" diferenciador: que la Fiscalía y la Abogacía del Estado sí tienen intención de acusar a Urdangarin de los delitos fiscales, de los que la hermana del Rey está imputada como cooperadora.

La Infanta Cristina podría enfrentarse a una petición de hasta seis años de cárcel por los dos delitos fiscales que pesan sobre ella en el marco del caso Nóos, solicitud que podría verse reducida si hace frente a las cantidades presuntamente defraudadas a Hacienda a través de la empresa Aizoon, de la que es copropietaria al 50 por ciento junto a su marido, Iñaki Urdangarin.

Más en concreto, la Audiencia Provincial de Baleares la considera cooperadora necesaria de los dos delitos contra la Hacienda pública -penados cada uno con entre uno y tres años de prisión- supuestamente cometidos por Urdangarin, quien habría utilizado esta mercantil como "pantalla" para defraudar hasta un total de 337.138 euros en las cuotas del IRPF correspondientes a los años 2007 y 2008.

Se trata de una figura jurídica, la del cooperador necesario, que conllevaría las mismas penas que las aparejadas a las infracciones penales en las que habría incurrido su marido. De hecho, el Código Penal, en su artículo 28, considera autor del hecho criminal no sólo a quienes cometen el delito por sí solos, sino también a quienes cooperan en su ejecución mediante una actuación sin la cual no habría sido cometido.

La Audiencia mantiene la imputación por cooperación en delitos fiscales en 2007 y 2008 porque entiende que detrás de Aizoon, empresa propiedad de la Infanta y Urdangarin al 50 por ciento, hay "un matrimonio que abusa de una sociedad para obtener beneficios fiscales y al mismo tiempo para modificar su régimen económico" de separación de bienes a gananciales.

El tribunal provincial adelanta que puede imputarse a la Infanta delito contra la hacienda pública en su modalidad básica de uso de sociedades instrumentales, como cooperadora necesaria, y que puede verse favorecida por la aplicación de la atenuante prevista para cooperadores en delitos especiales propios que fija el artículo 65.3 del Código Penal.

La sección segunda de la Audiencia de Palma recuerda en el auto que la Agencia Tributaria ha señalado en tres informes que tanto el Instituto Nóos como las sociedades satélites constituidas para vaciar de fondos esa entidad "son todas ellas una simulación".

Según Hacienda, existiría "un acuerdo" entre Urdangarin y Torres para utilizar todo el entramado societario "con la finalidad de canalizar las rentas de su trabajo".

La Audiencia recalca que, en las sociedades satélite de Nóos, las esposas de Urdangarin y Diego Torres eran socias al 50 %, y las empresas servían de "instrumento o herramienta fiscal para ocultar las rentas obtenidas por sus maridos y en consecuencia para defraudar a hacienda tanto en renta como en sociedades".

El tribunal detalla que esas sociedades se desgravaban gastos que no habían sido generados en el ejercicio del objeto de cada sociedad, sino que se trataba de desembolsos personales de los matrimonios.

Los jueces califican como "innegable e inobjetable" que ambas esposas, desde el momento en que eran copartícipes de sociedades ficticias, estaban contribuyendo con su participación en dichas sociedades simuladas o meras pantallas "a defraudar al fisco" y además se beneficiaron de ello, "ya que el dinero que recibía Aizoon no se queda en su cuenta" sino que lo gastaban los dos socios.

Para los magistrados, aunque la Infanta no tuvo nada que ver en generar las rentas de Aizoon, en el momento en que la sociedad fue utilizada para ocultar dichos ingresos como obtenidos por Urdangarin, "de alguna manera ha podido contribuir a la defraudación, ya de modo activo como omisivo".

El fiscal Pedro Horrach prevé incluir el nombre de la Infanta, junto a otros diez responsables civiles, en el escrito de acusación que presentará en próximos días para determinar definitivamente a quiénes acusa y qué penas solicita para ellos, además de pedir la apertura de juicio oral, que Castro deberá acordar a través de un auto que ya no será recurrible.

El fiscal, pese a apuntar a la inexistencia de indicios de criminalidad por parte de la Infanta en esta supuesta trama de desvío de fondos públicos, considera que sí habría obtenido un beneficio o aprovechamiento ilícito de los fondos supuestamente defraudados en el seno del entramado empresarial urdido por su esposo.

Al margen de la pena de prisión que se le podría solicitar, la Fiscalía Anticorrupción reclamará a la Infanta Cristina una fianza de responsabilidad civil de más de 500.000 euros, a la que deberá hacer frente de forma conjunta y solidaria junto a su esposo, por haberse lucrado de parte de los fondos que éste habría defraudado a través de Aizoon, que de forma presuntamente irregular se nutrió de más de un millón de euros del entramado Nóos.

El auto emitido por la Audiencia de Palma añade el delito de blanqueo de capitales a Iñaki Urdangarín, Diego Torres y a la esposa de éste, Ana María Tejeiro.

Además, la Audiencia también ha decidido imputar al vicealcalde de Valencia, Alfonso Grau, como habían pedido Manos Limpias y los socialistas del Ayuntamiento de Valencia, y en contra del criterio del juez instructor José Castro que le había exonerado al concluir la instrucción.

El tribunal también ha acordado imputar a dos de los responsables de la Fundación Madrid 2016, Miguel de la Villa y Gerardo Corral, y al asesor fiscal de Nóos Salvador Trinxet. Además ha añadido sendas imputaciones de blanqueo de capitales a Urdangarin, Torres y Ana Maria Tejeiro.

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