PALMA DE MALLORCA.- El juez José Castro no ha admitido a trámite el recurso de apelación interpuesto
por la defensa de la Infanta Cristina contra el auto de apertura de
juicio oral del caso Nóos que dictó el pasado 22 de diciembre, en el que
abrió proceso contra la hermana del Rey por dos presuntos delitos
fiscales.
En un auto dictado hoy, el magistrado acuerda que no ha
lugar a la admisión del recurso presentado por los abogados de doña
Cristina el viernes pasado, tampoco acepta el recurso de nulidad de la defensa de
Diego Torres y Ana María Tejeiro y sí admite el de los socialistas
valencianos en relación al vicealcalde de Valencia, Alfonso Grau, ha
informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
Aunque
Castro especificó en el auto de apertura de juicio oral que no cabía
recurrir dicha decisión, el equipo legal liderado por Miquel Roca y
Jesús María Silva pidió al juez que elevara su recurso de apelación a la
Audiencia de Palma "en cumplimiento de las garantías constitucionales" y alegó que no admitirlo supondría "fraude de ley".
La
defensa de la Infanta se opuso a "determinados pronunciamientos" del
auto de apertura de juicio oral de Castro porque considera que incurre
en "excesos", no se ciñe a lo estrictamente propio de este tipo de auto e
incluye "una materia que debe ser objeto de una resolución previa: la de la legitimación procesal para solicitar la apertura de juicio oral".
Castro
ha negado hoy dichos "excesos" y ha señalado que la falta de
legitimidad de la acusación popular que alegó la defensa de la infanta
para pedir que no se abriera juicio contra ella "se convirtió en un argumento tan indiscutiblemente asociado a la apertura de juicio oral" que el juez "estaba obligado a abordarlo".
"Se desconoce de qué exceso resolutivo, inoportuno y caprichoso estaríamos hablando", afirma Castro en su auto.
El instructor del caso Nóos niega haberse pronunciado: "en el auto de 22 de diciembre de 2014 no existe absolutamente ningún pronunciamiento sobre legitimación", sino "una argumentación".
El
juez califica de "chocante" que "ese alegado desbordamiento", que él
niega, lo esgrima con "mayor vehemencia" quien lo habría propiciado al
solicitar el sobreseimiento de las actuaciones contra la infanta cuando
todavía no se conocían ni siquiera los escritos de acusación y por tanto
si era o no acusada por alguna parte.
Castro
no admite el recurso sin entrar en la cuestión de la legitimidad de
Manos Limpias para pedir la apertura de juicio oral. Señala que si
entrara en ella estaría "tornando en recurrible" el
auto de apertura y si no lo hace incurriría "en incongruencia omisiva"
por lo que "se tomara la dirección que se tomara no habría burladero en
el que hallar cobijo".
El juez rechaza también que la cuestión de
la legitimidad se tenía que haber resuelto "en resolución judicial
previa e independiente" y critica que los abogados de la infanta repitan
"para ver si acaba convirtiéndose en verdad" que habían solicitado un
pronunciamiento previo sobre esa cuestión, algo que "no es cierto".
Según el juez, el abogado Miquel Roca ha difundido "incansablemente" ante los medios de
comunicación que para la infanta es de aplicación la llamada doctrina
Botín, pero "deberá responder a su mundo onírico el que haya planteado
explícitamente" al instructor que se pronuncie al respecto.
El
magistrado recalca que la única solicitud expresa de los abogados fue el
sobreseimiento de la causa para doña Cristina. De la solicitud de que
se pronuncie sobre la aplicación de la doctrina botín no hay "el menor
rastro".
"La técnica es tan antigua como el ser humano. Se lanza una afirmación que no responde a la verdad con la esperanza de que habrá alguien que la asuma sin comprobarla", critica Castro.
Niega
también la indefensión alegada por los abogados de doña Cristina porque
el auto de apertura de juicio "no cierra definitivamente el debate"
sobre las peticiones de los acusados, que pueden reproducirse ante el
órgano que vaya a juzgarlos, en este caso la Audiencia de Palma.
El juez precisa que contra sus decisiones de rechazar los recursos de la infanta y Ana María Tejeiro "sólo cabe recurso de queja" a interponer ante la Audiencia de Palma.
El
recurso de la defensa de Torres y Tejeiro, Castro lo rechaza porque
estima que el auto de apertura de juicio oral no ha incurrido en "ningún
supuesto de nulidad generador de indefensión", y añade que dicho debate
puede producirse "en los albores del plenario" y ser resuelto por la
Audiencia de Palma.
El magistrado remite así a la defensa de Torres y Tejeiro a las cuestiones previas del futuro juicio oral.
Además,
el juez da por interpuesto en tiempo y forma el recurso de los
socialistas del Ayuntamiento de Valencia contra el archivo de las
actuaciones contra Grau porque "los pronunciamientos denegatorios y
subsiguientemente sobreseedores sí que serían recurribles".
Da
además por impugnado por la defensa de José Manuel Aguilar el recurso de
reforma interpuesto por la Fundación Turismo Valencia Convention Bureau
y anuncia que lo resolverá.
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