PALMA.- El Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, y su
exsocio Diego Torres al frente del Instituto Nóos, quienes han sido de
nuevo citados a declarar como imputados ante el juez José Castro, prevén
ser interrogados por un supuesto fraude fiscal de unos 470.000 euros,
de acuerdo a los datos suministrados por la Agencia Tributaria y en base
a los cuales la Fiscalía imputa a ambos un delito contra la Hacienda
Pública por el impago del Impuesto de Sociedades y dos por el IRPF en el
caso del marido de la Infanta Cristina.
Y es que, según la documentación, la Agencia Tributaria de Cataluña les atribuye haber defraudado
un total de 230.979 euros del impuesto de sociedades a través de Nóos
durante el año 2007, mientras que eleva a más de 120.000 euros cada una
de las cuotas del IRPF que habría defraudado el yerno del Rey Don Juan
Carlos en 2007 y 2008.
El magistrado ya manifestó en un auto que la aparición de nuevos
hechos que pudieran revestir reproche penal "no habrán de causar
indefensión" a Urdangarin puesto que, aseguraba, de surgir indicios de
la comisión de otros delitos "se le ofrecerá amplia posibilidad de que
facilite su versión sobre ellos", como ha acordado el juez después de
que el pasado viernes Hacienda presentase su informe.
En concreto, la Agencia Tributaria eleva a al menos 230.979 euros
la cantidad que en 2007 la entidad aparentemente sin ánimo de lucro
habría eludido abonar a Hacienda por el Impuesto de Sociedades,
presentando para ello gastos ficticios. Unos gastos que según Hacienda y
el Ministerio Público eran "irreales", por lo que "no podían deducirse
válidamente".
En concreto, entre los gastos analizados por Hacienda se
encuentran los procedentes de supuestos servicios prestados por
sociedades relacionadas con ambos encausados, como De Goes Center for
Stakeholders Management, Lobby de Comunicación, Nóos Consultoría
Estratégica y Torres-Tejeiro Consultoría Estratégica, cuyas facturas "no
responden a servicio real alguno".
La Fiscalía asevera incluso que, al margen de estos datos, la
cuota defraudada podría modificarse al alza durante el curso de la
instrucción debido a la existencia de más gastos deducidos por Nóos que
responden al mismo patrón: facturas por servicios ficticios.
Sin embargo, el análisis de la Agencia Tributaria no se limita a
las sociedades a las que ambos imputados estaban vinculados sino que,
del mismo modo, atribuye en el caso concreto de Urdangarin haber
defraudado dos cuotas superiores a 120.000 euros cada una del IRPF
durante los años 2007 y 2008.
Más en concreto, la acusación pública, en base a los datos de la
Agencia Tributaria, apunta a que Urdangarin percibió retribuciones de
entidades privadas que, sin embargo, eran facturadas a través de la
mercantil Aizoon -de la que es copropietario al 50 por ciento junto a su
mujer-, empresa "pantalla" que supuestamente utilizaba para ocultar al
verdadero receptor de las retribuciones y disminuir de este modo su
tributación en el IRPF.
De hecho, la Fiscalía recalca que, "efectivamente", los ingresos
de Aizoon obtenidos por Aizoon de las entidades Motorpress Ibérica S.A.,
Aceros Bergara, Mixta África, Pernod Ricard, Havas Sports France y
Seeliger y Conde "deben imputarse a la persona física de Iñaki
Urdangarin y no a la persona jurídica".
Todo ello debido a que, alega la acusación, la plantilla de Aizoon
"no era idónea para los servicios que supuestamente prestaba", así como
al hecho de que la "única finalidad" de la mercantil era la del
alquiler de inmuebles, por un importe anual (30.576 euros en 2007 y
27.329 en 2008) "muy inferior" a los importes facturados por la supuesta
actividad de asesoría (645.453 euros en 2007 y 494.156 un año después).
Es más, el fiscal Pedro Horrach justifica que el análisis de los
gastos de Aizoon "pone de manifiesto que los mismos no están
relacionados con los contratos de los que se derivan los ingresos por
prestaciones de servicios", mientras que el administrador de esta
sociedad, el propio Urdangarin, no percibió remuneración alguna de la
misma por el desempeño de funciones laborales, de administración o
directivas de forma periódica, no constando tampoco ningún cobro por los
socios en concepto de dividendos.
Finalmente, la Fiscalía sostiene que no existen contratos entre
las sociedades asesoradas y Aizoon, salvo en algún caso esporádico,
incidiendo en que las rentas obtenidas por el Duque de Palma por
servicios prestados como consejero deben ser consideradas rentas de
Urdangarin e integrarse en el IRPF de los ejercicios 2007 y 2008.
Tras la citación de ambos imputados, el juez debe pronunciarse en
las próximas semanas en torno a la fianza civil de 8,2 millones de euros
que reclaman la acusación pública y el sindicato Manos Limpias, que
ejerce la acción popular en el marco de estas pesquisas, que conforman
la pieza separada 25 del caso Palma Arena.
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