PALMA DE MALLORCA.- Los concejales del Grupo Socialista en el
Ayuntamiento de Valencia se han opuesto al recurso interpuesto por Iñaki
Urdangarin ante la Audiencia Provincial de Baleares contra su
personación como acusación particular colectiva en el caso Nóos,
recriminando que el Duque de Palma tilde de "innecesario" y
"reiterativo" el papel de los regidores en este proceso judicial por ser
la Fiscalía la que ya ejerce la acción penal en el marco de esta causa.
Mediante su escrito los
concejales discrepan de los argumentos esgrimidos por el imputado y le
recuerda que, tal y como ya ha expuesto el Tribunal Supremo en distintas
ocasiones, "a diferencia de otros sistemas (Francia o Italia) en la Ley
de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) no rige el principio del monopolio
del Ministerio Fiscal en cuanto al ejercicio de la acción penal".
Tal y como recuerda la representación procesal de los socialistas,
éstos decidieron personarse a raíz de los contratos suscritos entre la
Fundación Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCB), la Ciudad de las
Artes y las Ciencias (Cacsa) y el Instituto Nóos para la organización de
los eventos Valencia Summit, por los que la entidad entonces presidida
por Urdangarin percibió unos tres millones de euros. "Hay cuestiones
[sobre estos convenios] que aún no se han debatido y que esta parte se
propone impulsar procesalmente", incide.
Y, en este contexto, los ediles defienden estar legitimados para
ejercer la acusación particular en virtud del artículo 7.3 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), a pesar de que la defensa de
Urdangarin asevera que "no son ofendidos ni agraviados por el delito: no
son víctimas, ni siquiera perjudicados directos", tal y como alegaba el
Duque en su recurso de apelación al que posteriormente se adhirió la
defensa de la Infanta Cristina.
Y es que, de acuerdo al precepto en el que se amparan los
regidores, "se reconocerá la legitimación de las corporaciones,
asociaciones y grupos que resulten afectados o que estén legalmente
habilitados para su defensa y promoción", y en este sentido recalcan ser
legítimos representantes de los ciudadanos valencianos "afectados y
perjudicados por los delitos cometidos contra la Administración local
valenciana".
Es más, la acusación arguye que los concejales están "habilitados
legalmente para la defensa y promoción de los intereses generales del
correcto y normal funcionamiento de la Administración local". Por ello,
incide en que "toda la alegación de la representación del señor
Urdangarin debe desestimarse de plano" por fundamentar su recurso en el
hecho de que "no somos los ofendidos directos de los hechos objeto de
instrucción".
Es más, los concejales se muestran "nuevamente sorprendidos"
cuando el Duque afirma que el artículo citado de la LOPJ "carece de
virtualidad para servir de soporte jurídico exclusivo a una decisión
judicial".
"No se entiende cómo se puede afirmar que la LOPJ, siendo
precisamente una Ley Orgánica y por tanto cualificada por las materias
que desarrolla y regula, carece de virtualidad", apunta la acusación al
respecto.
De forma paralela, los representantes del PSPV alegan que "la
necesidad social y política de los intereses que nos ocupan se vean
representados en un proceso penal impone que ha de ser considerada
bienvenida toda iniciativa conducente a su mejor tutela", no debiendo
ser considerados como "un sujeto cualquiera más". Asimismo, la
representación de los concejales defiende que han sido elegidos
"mediante sufragio universal, libre, directo y secreto por todos los
valencianos y, por lo tanto, son representantes de la soberanía popular
de la ciudad de Valencia".
Cabe recordar que los regidores también recriminan que la Infanta
Cristina no puede recurrir la personación de los mismos ni solicitar
nuevas actuaciones por no ser ya parte en este procedimiento judicial.
Los regidores alegan que como la propia Audiencia suspendió la
imputación de la hija del Rey Don Juan Carlos por no constatar indicios
de criminalidad en su conducta, la mujer de Urdangarin ha perdido "todos
los derechos" que le asisten en virtud del articulo 302 de la LeCrim,
que establece que "las partes personadas podrán tomar conocimiento de
las actuaciones e intervenir en todas las diligencias del
procedimiento".
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