PALMA DE MALORCA.- Las 167 páginas del auto de conclusión de sumario del juez José
Castro están plagadas de referencias y duros reproches al papel de la
infanta Cristina en el entramado societario de Aizoon supuestamente
concebido para defraudar a Hacienda.
"Hay sobrados indicios de que Doña Cristina de Borbón y Grecia ha
intervenido, de una parte, lucrándose en su propio beneficio y, de otra,
facilitando los medios para que lo hiciera su marido, mediante la
colaboración silenciosa de su 50 o/o del capital social"
"La propia Doña Cristina Federica de Borbón y Grecia intervino de
manera también directa en la contratación del personal del servicio
doméstico al que anunció que si superabanel período de prueba les serían
pagados sus salarios en "negro", para luego ser contratados por la
entidad Aizoon S.L."
"Si la explicación a esta actitud residía en la confianza, veneración
o amor que profesaba a su marido así como la repercusión que a efectos
penales pudiera, en su caso, de ello derivarse, es cuestión sobre la que
este hasta ahora Instructor no debe pronunciarse quedando reservado su
tratamiento al acto del juicio oral y encomendada su valoración al
parecer más autorizado de un eventual Tribunal Sentenciador".
"Los delitos contra la Hacienda pública que se imputan a Don Iñaki
Urdangarin difícilmente se podían haber cometido sin, cuando menos, el
conocimiento y la aquiescencia de su esposa por mucho que de cara a
terceros indiciariamente mantuviera una actitud propia de quien mira
para otro lado", explica en su auto el magistrado Castro"
"Cristina de Borbón colaboró activamente con Iñaki Urdangarin en las
irregularidades que se estaban cometiendo en el seno de la entidad
Aizoon".
"Ya que todo indica que Doña Cristina de Borbón y Grecia debió
participar activamente, como no puede ser de otro modo, en la
organización y presupuestos de esos eventos de incontestable afección
personal, si ella no los abonó de su propio peculio y debiera saber que
tampoco lo hizo su marido, no pudo pasársele por alto que lo fueron por
la entidad mercantil participada por ambos"
"La conclusión es inevitable: sin entramado societario no habría delito."
"Es dificil compatibilizar este compartido trasiego domiciliario con
lo que Doña Cristina de Borbón y Grecia podría suponer que era una
sencilla y entrañable entidad familiar cuando precisamente se dice que
su intervención en el Instituto encontraba su razón de ser en el
carácter no lucrativo de éste".
No hay comentarios:
Publicar un comentario