miércoles, 18 de junio de 2014

Un nuevo escrito de Urdangarin retrasa el cierre del 'caso Nóos'

MADRID.- Una maniobra procesal de última hora de la defensa de Iñaki Urdangarin podría retrasar momentáneamente el inminente cierre del ‘caso Nóos’ y la probable decisión del juez José Castro de sentar en el banquillo al duque y a su esposa, la todavía infanta Cristina, acusada de cooperadora necesaria de los delitos de su marido.

Urdangarin ha presentado un escrito al magistrado en el que pide que Hacienda aclare si ha tenido en cuenta sus alegaciones exculpatorias para la confección de su último informe del 16 de mayo en el que confirmaba certifica con todo lujo de detalles que el yerno del rey fue un supuesto defraudador a Hacienda que, al menos durante dos años, usó Aizoon, la empresa que comparte al 50% con la infanta Cristina, para engañar al fisco y tributar a un tipo impositivo menor por las importantes retribuciones que recibía por los presuntos trabajos de asesoría que realizaba para grandes empresas.
En ese escrito autoexculpatorio, la defensa de Iñaki Urdangarin pretendía demostrar que su cliente era inocente y que todas sus irregularidades fiscales eran culpa de sus pagadores.
Ahora, el magistrado, para que no quepa género de dudas, ordena a la Agencia Tributaria que, de manera urgente, aclare si ha tenido en cuenta esas alegaciones en su informe definitivo y, de no ser así, que haga un nuevo estudio “valorando” las explicaciones de Urdangarin.
El informe que pone en cuestión ahora Urdangarin no es baladí tampoco para la suerte de Cristina de Borbón en este proceso. El magistrado Castro, si no hay cambios de última hora, tiene previsto, una vez convierta estas diligencias previas en procedimiento abreviado, mantener como imputada a Cristina de Borbón precisamente como cooperadora necesaria de su marido en la comisión de esos dos ilícitos. La tesis del instructor es que la presencia de la infanta como socia de Aizoon, empresa a través de la cual se materializaron los dos supuestos delitos fiscales, fue indispensable para cometer el fraude.
Las conclusiones de la Delegación de Hacienda en Cataluña son contundentes: Iñaki Urdangarín defraudó en dos ejercicios 337.138 euros al fisco (182.000 euros en 2007 y 155.138 en 2008). La agencia, en este documento que el magistrado había reclamado el pasado 5 de mayo, confirma, como mantiene desde hace meses, que en ambos años la cantidad supera los 120.000 euros, por lo que se trata de dos delitos, no faltas, penados con hasta dos años de cárcel por cada ejercicio. A estos ilícitos fiscales habría que sumar un tercero cometido, según Hacienda, como dirigente de Nóos, pero que no ha sido objeto de este último estudio.
El abogado del duque, Mario Pascual Vives, el pasado 22 de abril se descolgó con un escrito exculpatorio de su cliente en el que, además de sostener que las cantidades defraudadas no llegaban a los 120.000 euros por año, aducía que en realidad todo se debió a una «negligencia» de sus pagadores en aquellos ejercicios, las seis compañías que le contrataron como consejero o asesor después de que el imputado abandonara el Instituto Nóos por orden de la Zarzuela tras descubrirse en 2006 los primeros concursos amañados e inflados por parte de las administraciones valencianas y balear.
La defensa de Urdangarín sostenía que las firmas Motorpress Ibérica, Aceros Bergara, Mixta África, Pernod Ricard (Francia), Havas Sports France y Seeliger y Conde «no actuaron con la diligencia debida en el momento de presentar su declaración, dejando de practicar la correspondiente retención sobre los presuntos rendimientos abonados», en contra de lo establecido en el artículo 99.5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Para su letrado, Urdagarín no cometió por tanto ilicitud alguna cuando no declaró esos ingresos millonarios como IRPF sino como trabajos realizados por Aizoon, como impuesto de sociedades, y por tanto a un tipo impositivo más bajo.
Para la Agencia Tributaria el escrito exculpatorio de Vives orilla un hecho básico como es que la responsabilidad de presentar el IRPF (Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas) es de la «persona física», del trabajador, y no de las empresas que lo contratan. Es más, que la decisión de facturar esos trabajos «personalísimos», como ya los definieron los inspectores, como si fueran de Aizoon (empresa que no tenía actividad real alguna) fue del duque, nunca de sus pagadores.
Según fuentes judiciales, en definitiva Hacienda entiende que nada tienen que ver las multinacionales con el hecho de que el imputado declarase sus ingresos provenientes de estas a través de la empresa que comparte con la infanta y su intención de ocultar al fisco que se trataba de trabajos personales que debían cotizar como IRPF y no como impuesto de sociedades, que es lo que hizo el imputado.

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