MADRID.- Una maniobra procesal de última hora de la defensa de Iñaki
Urdangarin podría retrasar momentáneamente el inminente cierre del ‘caso
Nóos’ y la probable decisión del juez José Castro de sentar en el
banquillo al duque y a su esposa, la todavía infanta Cristina, acusada
de cooperadora necesaria de los delitos de su marido.
Urdangarin ha presentado un escrito al magistrado en el que pide que
Hacienda aclare si ha tenido en cuenta sus alegaciones exculpatorias
para la confección de su último informe del 16 de mayo en el que
confirmaba certifica con todo lujo de detalles que el yerno del rey fue
un supuesto defraudador a Hacienda que, al menos durante dos años, usó
Aizoon, la empresa que comparte al 50% con la infanta Cristina, para
engañar al fisco y tributar a un tipo impositivo menor por las
importantes retribuciones que recibía por los presuntos trabajos de
asesoría que realizaba para grandes empresas.
En ese escrito autoexculpatorio, la defensa de Iñaki Urdangarin
pretendía demostrar que su cliente era inocente y que todas sus
irregularidades fiscales eran culpa de sus pagadores.
Ahora, el magistrado, para que no quepa género de dudas, ordena a la
Agencia Tributaria que, de manera urgente, aclare si ha tenido en cuenta
esas alegaciones en su informe definitivo y, de no ser así, que haga un
nuevo estudio “valorando” las explicaciones de Urdangarin.
El informe que pone en cuestión ahora Urdangarin no es baladí tampoco
para la suerte de Cristina de Borbón en este proceso. El magistrado
Castro, si no hay cambios de última hora, tiene previsto, una vez
convierta estas diligencias previas en procedimiento abreviado, mantener
como imputada a Cristina de Borbón precisamente como cooperadora
necesaria de su marido en la comisión de esos dos ilícitos. La tesis del
instructor es que la presencia de la infanta como socia de Aizoon,
empresa a través de la cual se materializaron los dos supuestos delitos
fiscales, fue indispensable para cometer el fraude.
Las conclusiones de la Delegación de Hacienda en Cataluña son
contundentes: Iñaki Urdangarín defraudó en dos ejercicios 337.138 euros
al fisco (182.000 euros en 2007 y 155.138 en 2008). La agencia, en este
documento que el magistrado había reclamado el pasado 5 de mayo,
confirma, como mantiene desde hace meses, que en ambos años la cantidad
supera los 120.000 euros, por lo que se trata de dos delitos, no faltas,
penados con hasta dos años de cárcel por cada ejercicio. A estos
ilícitos fiscales habría que sumar un tercero cometido, según Hacienda,
como dirigente de Nóos, pero que no ha sido objeto de este último
estudio.
El abogado del duque, Mario Pascual Vives, el pasado 22 de abril se
descolgó con un escrito exculpatorio de su cliente en el que, además de
sostener que las cantidades defraudadas no llegaban a los 120.000 euros
por año, aducía que en realidad todo se debió a una «negligencia» de sus
pagadores en aquellos ejercicios, las seis compañías que le contrataron
como consejero o asesor después de que el imputado abandonara el
Instituto Nóos por orden de la Zarzuela tras descubrirse en 2006 los
primeros concursos amañados e inflados por parte de las administraciones
valencianas y balear.
La defensa de Urdangarín sostenía que las firmas Motorpress Ibérica,
Aceros Bergara, Mixta África, Pernod Ricard (Francia), Havas Sports
France y Seeliger y Conde «no actuaron con la diligencia debida en el
momento de presentar su declaración, dejando de practicar la
correspondiente retención sobre los presuntos rendimientos abonados», en
contra de lo establecido en el artículo 99.5 de la Ley del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas.
Para su letrado, Urdagarín no cometió por tanto ilicitud alguna
cuando no declaró esos ingresos millonarios como IRPF sino como trabajos
realizados por Aizoon, como impuesto de sociedades, y por tanto a un
tipo impositivo más bajo.
Para la Agencia Tributaria el escrito exculpatorio de Vives orilla un
hecho básico como es que la responsabilidad de presentar el IRPF
(Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas) es de la «persona
física», del trabajador, y no de las empresas que lo contratan. Es más,
que la decisión de facturar esos trabajos «personalísimos», como ya los
definieron los inspectores, como si fueran de Aizoon (empresa que no
tenía actividad real alguna) fue del duque, nunca de sus pagadores.
Según fuentes judiciales, en definitiva Hacienda entiende que nada
tienen que ver las multinacionales con el hecho de que el imputado
declarase sus ingresos provenientes de estas a través de la empresa que
comparte con la infanta y su intención de ocultar al fisco que se
trataba de trabajos personales que debían cotizar como IRPF y no como
impuesto de sociedades, que es lo que hizo el imputado.
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